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Gastos deducibles de un autónomo en 2026: la lista, los casos dudosos y cuánto te ahorran de verdad
Deducir bien no es deducir más, sino deducir lo que puedes justificar. Estas son las reglas generales y los puntos donde más se tropieza.
Las tres condiciones de cualquier gasto deducible
- Que esté relacionado con tu actividad. Un gasto personal no se convierte en deducible por pagarlo desde la cuenta del negocio.
- Que lo justifiques con una factura completa, a tu nombre y con tu NIF. Un simple ticket suele no bastar.
- Que esté registrado en tus libros, en el periodo que corresponde.
Gastos habituales que suelen poder deducirse
- La cuota de autónomos y los seguros vinculados a la actividad.
- El alquiler y los suministros del local u oficina afecto a la actividad.
- Material, herramientas pequeñas, software y suscripciones que uses para trabajar.
- Publicidad, web y gestoría o asesoría.
- Formación relacionada con tu actividad.
Cuánto te cuesta de verdad un gasto deducible
Cuando compras algo para tu negocio por 100 € más IVA, pagas 121 €, pero no los pierdes todos. Si el gasto cumple las condiciones, recuperas los 21 € de IVA en tu declaración trimestral y, además, el gasto reduce el beneficio sobre el que pagas IRPF.
| Tu tipo marginal de IRPF | Ahorro de IRPF | Te cuesta de verdad |
|---|---|---|
| 19 % | 19,00 € | 81,00 € |
| 24 % | 24,00 € | 76,00 € |
| 30 % | 30,00 € | 70,00 € |
| 37 % | 37,00 € | 63,00 € |
| 45 % | 45,00 € | 55,00 € |
Un ejemplo: un gasto de 100 € más IVA, con un tipo marginal del 30 %, te cuesta 70 € en lugar de 121 €. Los 21 € de IVA se recuperan y los 30 € restantes se ahorran en IRPF. Por eso es tan importante guardar bien los justificantes: cada gasto bien registrado es dinero que no pierdes.
Casos dudosos, resueltos
| Gasto | ¿Deducible? | Condición clave |
|---|---|---|
| Ordenador y equipos informáticos | Sí, amortizable | Uso en la actividad; en estimación directa simplificada, hasta un 26 % anual (10 años máximo) |
| Mobiliario de oficina | Sí, amortizable | Hasta un 10 % anual (20 años máximo) |
| Software y suscripciones | Sí | Que los uses para trabajar y tengas la factura a tu nombre |
| Coche de uso mixto | En general, no | Solo en actividades concretas (transporte, agentes comerciales); en el IVA, suele limitarse al 50 % |
| Luz, agua e internet de casa | Parcial | Proporción de vivienda afecta y, en general, un 30 % sobre esa proporción |
| Comidas | Con límites | Relacionadas con la actividad, pagadas por medios electrónicos y dentro de 26,67 € al día sin pernoctar |
| Regalos a clientes | Con límite | En general, hasta el 1 % de tu cifra de negocio |
| Seguro de salud propio | Parcial | Según el IRPF, hasta 500 € por persona y año, con condiciones; confírmalo en tu caso |
| Multas y sanciones | No | Las sanciones no son gasto deducible |
| Ropa de calle | No | Solo la ropa específica de trabajo (uniforme, protección) |
Estas son las reglas generales. Cada caso tiene matices, y el criterio de Hacienda puede cambiar, así que si el importe es relevante, conviene confirmarlo antes de deducirlo.
Donde más se tropieza
- Casa y suministros. Si trabajas desde casa, solo se puede deducir la parte afecta a la actividad: la proporción de vivienda que usas y, para luz, agua, gas o internet, en general un 30 % sobre esa proporción, con los recibos a tu nombre. Se exige que sea un espacio dedicado a la actividad.
- Vehículo. En general, un vehículo de uso mixto no es deducible. Solo lo es en actividades concretas (por ejemplo, transporte o agentes comerciales), y en el IVA suele limitarse al 50 % salvo que se demuestre otro grado de afectación.
- Comidas y dietas. La manutención solo se admite si está relacionada con la actividad, se paga por medios electrónicos y se ajusta a los límites diarios (26,67 € sin pernoctar y 53,34 € pernoctando en España, más en el extranjero).
- Regalos y atenciones a clientes. Tienen un límite: en general, el 1 % de tu cifra de negocio.
- Ropa. Solo si es de trabajo específica, como un uniforme o un equipo de protección. La ropa de calle no cuenta.
Gastos de difícil justificación
En estimación directa simplificada se puede aplicar, además, un 5 % sobre el rendimiento neto previo como gasto de difícil justificación, con un tope de 2.000 € al año. No necesitas justificarlo con facturas, pero tiene sus condiciones, así que conviene confirmar que te corresponde.
Qué guardar y durante cuánto tiempo
Guarda las facturas y los justificantes de pago (extractos, transferencias, recibos de tarjeta). Hacienda puede revisar hasta cuatro años atrás, y para quienes llevan libros de empresario la obligación mercantil de conservar la documentación es de seis. Lo prudente es guardar todo seis años, en digital y con copia de seguridad.
Un hábito que lo simplifica todo
Haz la foto del ticket o la factura el mismo día y anota para qué fue. Es lo que más facilita justificar un gasto meses después, y es una tarea que se puede automatizar: una herramienta lee los datos de la foto y los pasa al libro de gastos para que tú solo los revises.
Son reglas generales: cada actividad y cada situación pueden tener matices. Si dudas de un gasto concreto, consúltalo antes de deducirlo.
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